Cesiones de remate. Venta sin Posesión
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Escuela de Vallecas 16- Madrid
Oferta Actual : €209.000
Finalizada: 217 días 9 horas 41 minutos 5 segundos
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Lote 1- CDR- Precio mínimo 209.000€
CL LA ESCUELA DE VALLECAS 16 Bl:1 Es:1 Pl:03 Pt:B U.E.5
28031 MADRID (MADRID)
0081106VK5608A0043YJ
Uso principal
Escalera
Planta
Puerta
Superficie m2
VIVIENDA
1
3
B
72
ALMACEN
1
-1
18
3
APARCAMIENTO
-3
38
16
ELEMENTOS COMUNES
39
Los inmuebles se encuentran arrendados sin que nos conste contrato ni que se estén pagando rentas.
Nombre y teléfono
Importe Oferta
Cuando
€209.000
Hace 225 días
Escuela de Vallecas 16- Madrid
Lote 1- CDR- Precio mínimo 209.000€
CL LA ESCUELA DE VALLECAS 16 Bl:1 Es:1 Pl:03 Pt:B U.E.5
28031 MADRID (MADRID)
0081106VK5608A0043YJ
Uso principal | Escalera | Planta | Puerta | Superficie m2 |
VIVIENDA | 1 | 3 | B | 72 |
ALMACEN | 1 | -1 | 18 | 3 |
APARCAMIENTO | -3 | 38 | 16 | |
ELEMENTOS COMUNES | 39 |
Los inmuebles se encuentran arrendados sin que nos conste contrato ni que se estén pagando rentas.
Nombre y teléfono | Importe Oferta | Cuando |
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€209.000 | Hace 225 días |
Nota importante: para cesiones de remate subastas
- Celebrada la SUBASTA JUDICIAL, sólo la parte ejecutante o los acreedores posteriores pueden hacer postura reservándose la facultad de CEDER EL REMATE a un tercero.
- La cesión se verificará mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.
- Al no tratarse de una compraventa en escritura pública y ser una Cesión de Remate, la aprobación del remate y la cesión deberá de ser aprobada por el juzgado correspondiente.
- El inmueble se transmite libre de cargas hipotecarias.
- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
- El inmueble no es posible visitarlo, por no tener la posesión del mismo.
- No es posible hipotecar ya que hasta que no se dicte la sentencia de adjudicación no se puede visitar y no se puede tasar.
Una cesión de remate no es nada más que un inmueble que no se ha vendido en una subasta judicial y que ahora se está comercializando antes de inscribirse a nombre del ejecutante de la subasta
La cesión de remate se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico español en los artículos 643 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Estos artículos regulan desde el momento de la preparación de la subasta, pasando por el momento del anuncio y publicidad de la subasta hasta la adjudicación de los bienes o por lo contrario la quiebra de la subasta.