Cesiones de remate. Venta sin Posesión
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PZ PANTICOSA,6 -Fuenlabrada
Starting Bid : €125,000.00
Ended ago: 109 días 11 horas 42 minutos 47 segundos
Subasta ha expirado sin ofertas.
PZ PANTICOSA,6 Esc:1 Pl:9 Pt:C
NO SE PUEDE VISITAR. Se desconoce el estado de ocupación del inmueble por loq ue se recomienda a los interesados hacer sus propias averiguaciones.
Vivienda en la planta 9, puerta C de 3 habitaciones y 1 baño.
Ref catastral 2512501VK3621S0121OJ
Uso principal
Escalera
Planta
Puerta
Superficie m2
VIVIENDA
2
9
C
77
ELEMENTOS COMUNES
7
PZ PANTICOSA,6 -Fuenlabrada
PZ PANTICOSA,6 Esc:1 Pl:9 Pt:C
NO SE PUEDE VISITAR. Se desconoce el estado de ocupación del inmueble por loq ue se recomienda a los interesados hacer sus propias averiguaciones.
Vivienda en la planta 9, puerta C de 3 habitaciones y 1 baño.
Ref catastral 2512501VK3621S0121OJ
Uso principal | Escalera | Planta | Puerta | Superficie m2 |
VIVIENDA | 2 | 9 | C | 77 |
ELEMENTOS COMUNES | 7 |
Nota importante: para cesiones de remate subastas
- Celebrada la SUBASTA JUDICIAL, sólo la parte ejecutante o los acreedores posteriores pueden hacer postura reservándose la facultad de CEDER EL REMATE a un tercero.
- La cesión se verificará mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.
- Al no tratarse de una compraventa en escritura pública y ser una Cesión de Remate, la aprobación del remate y la cesión deberá de ser aprobada por el juzgado correspondiente.
- El inmueble se transmite libre de cargas hipotecarias.
- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
- El inmueble no es posible visitarlo, por no tener la posesión del mismo.
- No es posible hipotecar ya que hasta que no se dicte la sentencia de adjudicación no se puede visitar y no se puede tasar.
Una cesión de remate no es nada más que un inmueble que no se ha vendido en una subasta judicial y que ahora se está comercializando antes de inscribirse a nombre del ejecutante de la subasta
La cesión de remate se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico español en los artículos 643 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Estos artículos regulan desde el momento de la preparación de la subasta, pasando por el momento del anuncio y publicidad de la subasta hasta la adjudicación de los bienes o por lo contrario la quiebra de la subasta.