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Calle Sant Lluis 5- Terrassa

Current Bid : €150,000.00

Ended ago:
37 días
12 horas
14 minutos
29 segundos
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LIRE-01721

Precio negociable

Descripción:

El activo es un piso situado en la 3ª planta de un edificio con ascensor ubicado en las afueras de Tarrasa, en el área metropolitana de Barcelona.

Vivienda denominada piso TERCERO, puerta TERCERA, de la planta tercera de la escalera C, del edificio sito en TERRASSA, con frente a la calle de SANT LLUIS, números UNO, TRES y CINCO, con tres escaleras denominadas A, B y C, con acceso por la calle SANT LLUIS, número CINCO. Ocupa una superficie útil de sesenta metros noventa decímetros cuadrados, más una terraza de nueve metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados

El piso, tiene una superficie total neta construida de 61 m2, se estiman 2 habitaciones. Tiene una terraza de 9 m2, comunicada con NS. Buena calidad de construcción, edificio del 2007, suponemos condiciones medias.

El activo está situado en Terrassa, una importante ciudad de cercanías situada en el área metropolitana de Barcelona. El piso está situado en el límite de la ciudad, en una zona conocida como Roc Blanc, está ligeramente aislado del centro de la ciudad. Zona de renta media-baj

URL GOOGLE 

Ref Casatral. 6511021DG1061B0210LA

Uso principal Planta Puerta Superficie m2
VIVIENDA 3 3 61
ELEMENTOS COMUNES 9

Información del edificio

  1. 2.118 m² de parcela
  2. Construido en 2007
  3. Calidad de construcción buena
  4. Edificio de 6 plantas
  5. 13 vecinos por planta
  6. Ascensor
  7. 28 Viviendas
  8. 2 Comercios

Información del inmueble

  1. 2 habitaciones
  2. 1 baño
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Precio de la oferta Cuando
€150,000.00 Hace 56 días

Nota importante: para cesiones de remate subastas

  • Celebrada la SUBASTA JUDICIAL, sólo la parte ejecutante o los acreedores posteriores pueden hacer postura reservándose la facultad de CEDER EL REMATE a un tercero.
  • La cesión se verificará mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.
  • Al no tratarse de una compraventa en escritura pública y ser una Cesión de Remate, la aprobación del remate y la cesión deberá de ser aprobada por el juzgado correspondiente.
  • El inmueble se transmite libre de cargas hipotecarias.
  • Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
  • El inmueble no es posible visitarlo, por no tener la posesión del mismo.
  • No  es posible hipotecar  ya que hasta que no se dicte la sentencia de adjudicación  no se puede visitar y no se puede tasar.

Una cesión de remate no es nada más que un inmueble que no se ha vendido en una subasta judicial y que ahora se está comercializando antes de inscribirse a nombre del ejecutante de la subasta

El artículo 671 LEC permite la cesión del remate en caso de subasta desierta. Así, dice lo siguiente: “Si en la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, pedir la adjudicación del bien.
La cesión de remate involucra dos transmisiones: cuando el banco adquiere el bien en la subasta y cuando el cesionario lo recibe a través del banco. Pero, ¡atención! Solo el adjudicatario final paga impuestos, como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el IVA.

La cesión de remate se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico español en los artículos 643 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Estos artículos regulan desde el momento de la preparación de la subasta, pasando por el momento del anuncio y publicidad de la subasta hasta la adjudicación de los bienes o por lo contrario la quiebra de la subasta.