Cesiones de remate. Venta sin Posesión
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Piso- Cardenal Reig - Barcelona
Oferta Inicial : €290.000
Finalizada: 126 días 10 horas 12 minutos 4 segundos
La comercialización ha terminado. Contacte con comercial@inmubi.com
VENTA SIN POSESION
ORI-DE-01-020
NO SE PUEDE VISITAR
Precio negociable
DESCRIPCIÓN
PISO ENTRESUELO PUERTA SEXTA, en la primera planta de la casa sita en Barcelona, calle Cardenal Reig, números cuatro y seis. Se compone de recibidor, paso, comedor-estar, tres dormitorios, cocina, baño, lavadero y terraza.- Tiene una superficie útil de sesenta y cinco metros y veinticuatro decímetros cuadrados.
REFERENCIA CATASTRAL: 6011916DF2861A0032KE
- 79 m² construidos
- Uso residencial
- Coeficiente de participación 1,78%
2 construcciones
ENº – 06
Vivienda
65m²
–
Elementos comunes
14m²
Información del edificio
- 527 m² de parcela
- Construido en 1980
- Calidad de construcción buena
- Edificio de 9 plantas
- 6 vecinos por planta
- Ascensor
- Garaje
- 52 Viviendas
- 23 Garajes/Trasteros
- 4 Comercios
Información del inmueble
- 3 habitaciones
- 1 baño
Piso- Cardenal Reig - Barcelona
VENTA SIN POSESION
ORI-DE-01-020
NO SE PUEDE VISITAR
Precio negociable
DESCRIPCIÓN
PISO ENTRESUELO PUERTA SEXTA, en la primera planta de la casa sita en Barcelona, calle Cardenal Reig, números cuatro y seis. Se compone de recibidor, paso, comedor-estar, tres dormitorios, cocina, baño, lavadero y terraza.- Tiene una superficie útil de sesenta y cinco metros y veinticuatro decímetros cuadrados.
REFERENCIA CATASTRAL: 6011916DF2861A0032KE
- 79 m² construidos
- Uso residencial
- Coeficiente de participación 1,78%
2 construcciones
ENº – 06 |
Vivienda | 65m² |
– |
Elementos comunes | 14m² |
Información del edificio
- 527 m² de parcela
- Construido en 1980
- Calidad de construcción buena
- Edificio de 9 plantas
- 6 vecinos por planta
- Ascensor
- Garaje
- 52 Viviendas
- 23 Garajes/Trasteros
- 4 Comercios
Información del inmueble
- 3 habitaciones
- 1 baño
Nota importante: para cesiones de remate subastas
- Celebrada la SUBASTA JUDICIAL, sólo la parte ejecutante o los acreedores posteriores pueden hacer postura reservándose la facultad de CEDER EL REMATE a un tercero.
- La cesión se verificará mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.
- Al no tratarse de una compraventa en escritura pública y ser una Cesión de Remate, la aprobación del remate y la cesión deberá de ser aprobada por el juzgado correspondiente.
- El inmueble se transmite libre de cargas hipotecarias.
- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
- El inmueble no es posible visitarlo, por no tener la posesión del mismo.
- No es posible hipotecar ya que hasta que no se dicte la sentencia de adjudicación no se puede visitar y no se puede tasar.
Una cesión de remate no es nada más que un inmueble que no se ha vendido en una subasta judicial y que ahora se está comercializando antes de inscribirse a nombre del ejecutante de la subasta
La cesión de remate se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico español en los artículos 643 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Estos artículos regulan desde el momento de la preparación de la subasta, pasando por el momento del anuncio y publicidad de la subasta hasta la adjudicación de los bienes o por lo contrario la quiebra de la subasta.