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Nuevas Oportunidades en Cesiones de Remate,Venta sin Posesión y Venta de Créditos de inmuebles

Calle Magnolia 8 Santa Coloma de Cervelló (Barcelona)

Oferta inicial/ a mejorar: €220,000.00

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52 días
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Cesión de remate

Cesión de remate vendida sobre vivienda en Santa Coloma de Cervelló (Barcelona)

Cesión de remate vendida en Santa Coloma de Cervelló – vivienda – inmubi.com

Referencia interna: LEZ-CR-01-2413

Fecha de firma: 29/11/2024

VENDIDO

Datos del inmueble

  • Tipo de inmueble: Vivienda unifamiliar con parcela
  • Superficie del terreno: 495,70 m²
  • Superficie construida total: 236,62 m² aprox. (según Nota Simple)
  • Edificación: Vivienda unifamiliar de planta baja + planta piso
  • Distribución:
    Planta baja: recibidor, sala, comedor-estar, cocina, baño, trastero y porche.
    Planta piso: tres habitaciones, baño, aseo, lavadero, vestidor y terraza.
  • Anexos: Garaje de 31,22 m² vinculado a la vivienda
  • Finca registral: nº 1.135 — Registro de la Propiedad de Sant Boi de Llobregat
  • CRU: 08102000142574
  • Referencia catastral: 730540DF1870A0001UW

Localización del inmueble

Calle Magnolia 8 (paraje “Can Via”),
Santa Coloma de Cervelló (Barcelona)

Información del procedimiento

  • Juzgado competente: Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Boi de Llobregat
  • Procedimiento judicial: Ejecución hipotecaria 3411/2016-D (procedencia 386/2016)
  • Tipo de subasta: 604.524,45 €
  • Importe de adjudicación: 362.714,67 € (60% del tipo)
  • Tipo de operación: Cesión de remate
  • Estado: VENDIDO — cesión formalizada

Condiciones económicas de la cesión

  • Precio de la cesión del remate: 220.000 €

Notas de la operación

La cesión de remate se firmó el 29/11/2024, otorgando al cesionario la posición adquirida en
el procedimiento 3411/2016. La inscripción final quedará sujeta al Decreto de Adjudicación y a la
cancelación de cargas que proceda conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Este anuncio refleja una operación ya vendida.
No existe proceso de comercialización activo.


Los ofertas deben confirmarse por escrito en el plazo de tres días o se cancelan

El propietario del inmueble y/o el titular del crédito se reserva el derecho, en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, a modificar las condiciones de venta, aceptar ofertas privadas, priorizar propuestas discrecionales, cancelar la comercialización, o retirar el activo del mercado.

La información publicada tiene carácter orientativo y no constituye compromiso vinculante. La operación quedará siempre sujeta a aprobación interna y a la firma de los documentos correspondientes.

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Notas Importantes

Es importante aclarar que no se vende el inmueble, sino la hipoteca impagada sobre ese inmueble. Podrás obtener la propiedad del inmueble bien negociando un acuerdo con los actuales propietarios o a través de un proceso judicial.

¿Por qué invertir en una venta de crédito?

Las ventas de crédito son comunes en España y representan una oportunidad única para adquirir propiedades por debajo de su valor de mercado. Sin embargo, el proceso puede ser complejo y generar dudas para quienes no tienen experiencia en este tipo de operaciones. Por ello, te recomendamos contar con el asesoramiento de un abogado para garantizar que todo se realice correctamente.

Puedes consultar nuestra Guía rápida

Una cesión de remate no es nada más que un inmueble que no se ha vendido en una subasta judicial y que ahora se está comercializando antes de inscribirse a nombre del ejecutante de la subasta

  • Celebrada la SUBASTA JUDICIAL, sólo la parte ejecutante o los acreedores posteriores pueden hacer postura reservándose la facultad de CEDER EL REMATE a un tercero.
  • La cesión se verificará mediante comparecencia ante la Letrada de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago o consignación del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.
  • Al no tratarse de una compraventa en escritura pública y ser una Cesión de Remate, la aprobación del remate y la cesión deberá de ser aprobada por el juzgado correspondiente.
  • El inmueble se transmite libre de cargas hipotecarias.
  • Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
  • El inmueble no es posible visitarlo, por no tener la posesión del mismo.
  • No  es posible hipotecar  ya que hasta que no se dicte la sentencia de adjudicación  no se puede visitar y no se puede tasar.
El artículo 671 LEC permite la cesión del remate en caso de subasta desierta. Así, dice lo siguiente: “Si en la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, pedir la adjudicación del bien.
La cesión de remate involucra dos transmisiones: cuando el banco adquiere el bien en la subasta y cuando el cesionario lo recibe a través del banco. Pero, ¡atención! Solo el adjudicatario final paga impuestos, como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el IVA.

La cesión de remate se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico español en los artículos 643 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Estos artículos regulan desde el momento de la preparación de la subasta, pasando por el momento del anuncio y publicidad de la subasta hasta la adjudicación de los bienes o por lo contrario la quiebra de la subasta.

Puedes consultar nuestra Guía rápida

 

En una venta sin posesión, el comprador adquiere los derechos sobre la propiedad, pero no tiene acceso físico inmediato al inmueble. Esto puede suceder por varias razones, como:

  • El inmueble está ocupado: El inmueble puede estar habitado por los antiguos propietarios, inquilinos, o incluso por ocupantes ilegales.
  • Situaciones legales pendientes: El bien puede estar sujeto a litigios o trámites judiciales que deben resolverse antes de tomar posesión.
  • Condiciones pactadas en la venta: En algunos acuerdos, las partes pueden estipular que la posesión se otorgará en una fecha posterior a la firma del contrato.

Puedes consultar nuestra Guía rápida

Las operaciones aquí mostradas son parte de procesos de cesión de remate, ventas sin posesión y venta de créditos con garantía inmobiliaria (NPL). La información se ofrece para análisis independiente. No constituye asesoramiento ni recomendación de inversión.

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